BASES y
CONDICIONES
Acción
promocional “Club SSI Ventas 2024”
Art. 1°
ALCANCE: Esta
acción promocional es organizada por Ipsos Argentina S.A. (en adelante
indistintamente "IPSOS" o el “Organizador”) con domicilio legal en la
calle Avda. Córdoba 991, piso 6° oficina “A” (C1054AAI) CUIT 30-65847394-4, de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se implementará en el marco de las encuestas
de mercado organizadas por IPSOS en distintos rubros (las “Encuestas”). Esta
acción promocional se desarrollará dentro del territorio de la República
Argentina.
Art. 2°
REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN EN LA ACCION PROMOCIONAL: Podrá
participar en esta acción promocional toda persona mayor de edad que haya
participado previamente de alguna de las Encuestas y que haya indicado para
ello sus datos personales, incluyendo su nombre
completo, numero documento, dirección de correo electrónico y teléfono de
contacto al Organizador (en adelante los “Encuestados”) completando un
formulario denominado “solicitud de adhesión” en la encuesta inicial.
Los
Encuestados, luego de completar la solicitud inicial de adhesión, quedarán
habilitados a participar en los sorteos que otorgarán los beneficios de la
acción promocional. No podrán participar en los sorteos, ni ser acreedores de
los premios de la acción promocional todas aquellas personas que trabajen en Investigación
de Mercado. Y tampoco podrá participar en los sorteos que otorgarán los premios
el personal de IPSOS ni sus familiares hasta 3er grado de consanguinidad.
Los
Encuestados serán identificados a los fines de los sorteos de la acción
promocional, a través de sus respectivos números de documento de identidad.
La
Encuesta que habilita la participación en esta acción promocional, consiste en
una serie de preguntas que el Encuestado deberá completar en su totalidad desde
un link ó una app en cada
ocasión que el o los estudios donde
participe lo requiera.
Art. 3°
VIGENCIA: Esta
acción se llevará adelante entre los días 15 de mayo de 2024 y el 20 de febrero
de 2025.
Art. 4° BENEFICIOS
DE LA ACCION: El
beneficio de la presente acción consiste en brindar a los Encuestados la
posibilidad de participar en 1 (uno) de los 2 (dos) sorteos
que se realizarán:
1) El 13 de septiembre de 2024
2) El 20 de febrero de 2025
Los sorteos
constarán de los siguientes premios:
1. Sorteo - mes de septiembre de
2024 - Premio: un (1)
ganador que se hará acreedor a un premio de $150.000.- (ciento cincuenta mil
pesos) efectivo con una gift card
digital de una reconocida marca de tarjetas de crédito (Mastercard).
2. Sorteo – mes de febrero de 2025 -
Premio: un (1)
ganador que se hará acreedor a un premio de 200.000.- (doscientos mil pesos)
efectivo con una gift card
digital de una reconocida marca de tarjetas de crédito (Mastercard).
Art. 5º
METODOLOGÍA:
Del
Sorteo: Cada uno de los sorteos se
realizarán a través de una herramienta de sorteos virtuales mediante el azar.
La página web será: https://app-sorteos.com/es ó
similar. El sorteo se realizará entre todos los Encuestados habilitados dentro
de nuestra base de datos, y aquellos favorecidos surgirán de una secuencia aleatoria
que determinará los números de documentos de los ganadores. Un día después del
sorteo, IPSOS se comunicará con los ganadores, a través de la casilla de correo
electrónico por la cual se recibió la invitación a participar de la encuesta.
De la comunicación a los
ganadores: Un
día después del sorteo, IPSOS se comunicará con los ganadores, a través de la
casilla de correo electrónico por la cual se recibió la invitación a participar
de la encuesta.
Los ganadores deberán responder a esa comunicación confirmando
sus datos personales para poder recibir el premio que les corresponda en un
plazo no superior a los 10 días hábiles siguientes. Transcurrido este plazo el
premio quedará desierto.
De la
entrega de premios: en
todos los casos IPSOS enviará las gift card virtuales en forma
electrónica a la casilla de mail del participante dentro de los 20 días hábiles
posteriores a la confirmación de los datos personales.
.
Art. 6° La probabilidad de ganar el premio dependerá de la cantidad de
participantes, por lo que no es posible su exacta determinación matemática.
Art. 7° INFORMACION
PERSONAL DE LOS PARTICIPANTES: El Organizador informa que los datos
personales recabados de los Encuestados (DNI, y número de teléfono o dirección
de correo electrónico) serán utilizados únicamente para los fines de la
participación en el sorteo. IPSOS se obliga a dar cumplimiento con lo dispuesto
en la ley 25.326 de Protección de Datos Personales respecto a la información
recabada de los participantes del sorteo
Art 8°
RESPONSABILIDAD: El
Organizador no será responsable por ningún daño o perjuicio de cualquier tipo
que pudieran sufrir los ganadores de los Premios o terceros con motivo de la
participación en la presente acción promocional, así como todo tributo que deba
actualmente abonarse o se imponga en el futuro sobre los bienes y servicios
ofrecidos como Premios en la presente promoción, así como de todo otro gasto (bancario,
tasas o impuestos aplicables) o daño originado en ocasión de la recepción o
utilización del dinero del premio.
Art 9° MODIFICACIONES: El organizador se reserva
el derecho de modificar alguno de los puntos de las presentes Bases. Cuando
circunstancias imprevistas o de fuerza mayor lo justifiquen, los organizadores
podrán suspender o modificar las condiciones de la presente promoción, hasta
que esas circunstancias imprevistas desaparezcan. Dichas modificaciones podrían
consistir en cambios en las fechas de los sorteos o de entrega de premios a los
participantes. Estas modificaciones serán informadas a los participantes por
los distintos canales de comunicación habilitados con los participantes.
Art: 10°:
INTERPRETACIÓN: Cualquier
cuestión relacionada con la interpretación de estas Bases y Condiciones, será
dirimida por el Organizador, informando debidamente a la autoridad de
aplicación en forma previa a la resolución. En ningún caso se buscará alterar
el espíritu de la Acción. Asimismo, el organizador se reserva el derecho de
variar alguno o algunos de los puntos.
Art. 11°
ACEPTACIÓN DE BASES: La
participación en esta acción implica total conocimiento y aceptación de estas
Bases y Condiciones.