BASES y CONDICIONES

Acción promocional “Club SSI Ventas 2024”

 

Art. 1° ALCANCE: Esta acción promocional es organizada por Ipsos Argentina S.A. (en adelante indistintamente "IPSOS" o el “Organizador”) con domicilio legal en la calle Avda. Córdoba 991, piso 6° oficina “A” (C1054AAI) CUIT 30-65847394-4, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se implementará en el marco de las encuestas de mercado organizadas por IPSOS en distintos rubros (las “Encuestas”). Esta acción promocional se desarrollará dentro del territorio de la República Argentina.

 

Art. 2° REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN EN LA ACCION PROMOCIONAL: Podrá participar en esta acción promocional toda persona mayor de edad que haya participado previamente de alguna de las Encuestas y que haya indicado para ello sus datos personales, incluyendo su nombre completo, numero documento, dirección de correo electrónico y teléfono de contacto al Organizador (en adelante los “Encuestados”) completando un formulario denominado “solicitud de adhesión” en la encuesta inicial.

Los Encuestados, luego de completar la solicitud inicial de adhesión, quedarán habilitados a participar en los sorteos que otorgarán los beneficios de la acción promocional. No podrán participar en los sorteos, ni ser acreedores de los premios de la acción promocional todas aquellas personas que trabajen en Investigación de Mercado. Y tampoco podrá participar en los sorteos que otorgarán los premios el personal de IPSOS ni sus familiares hasta 3er grado de consanguinidad.

Los Encuestados serán identificados a los fines de los sorteos de la acción promocional, a través de sus respectivos números de documento de identidad.

La Encuesta que habilita la participación en esta acción promocional, consiste en una serie de preguntas que el Encuestado deberá completar en su totalidad desde un link ó una app en cada ocasión que el o los estudios donde participe lo requiera.

 

Art. 3° VIGENCIA: Esta acción se llevará adelante entre los días 15 de mayo de 2024 y el 20 de febrero de 2025.

 

Art. 4° BENEFICIOS DE LA ACCION: El beneficio de la presente acción consiste en brindar a los Encuestados la posibilidad de participar en 1 (uno) de los 2 (dos) sorteos que se realizarán:

1)    El 13 de septiembre de 2024

2)    El 20 de febrero de 2025

Los sorteos constarán de los siguientes premios:

1.    Sorteo - mes de septiembre de 2024 - Premio: un (1) ganador que se hará acreedor a un premio de $150.000.- (ciento cincuenta mil pesos) efectivo con una gift card digital de una reconocida marca de tarjetas de crédito (Mastercard).

2.    Sorteo – mes de febrero de 2025 - Premio: un (1) ganador que se hará acreedor a un premio de 200.000.- (doscientos mil pesos) efectivo con una gift card digital de una reconocida marca de tarjetas de crédito (Mastercard).

Art. 5º METODOLOGÍA:

Del Sorteo: Cada uno de los sorteos se realizarán a través de una herramienta de sorteos virtuales mediante el azar. La página web será:  https://app-sorteos.com/es ó similar. El sorteo se realizará entre todos los Encuestados habilitados dentro de nuestra base de datos, y aquellos favorecidos surgirán de una secuencia aleatoria que determinará los números de documentos de los ganadores. Un día después del sorteo, IPSOS se comunicará con los ganadores, a través de la casilla de correo electrónico por la cual se recibió la invitación a participar de la encuesta.

A los fines de preservar la identidad, Ipsos se comunicará únicamente con los ganadores del sorteo, a efectos de coordinar la entrega del premio correspondiente.

De la comunicación a los ganadores: Un día después del sorteo, IPSOS se comunicará con los ganadores, a través de la casilla de correo electrónico por la cual se recibió la invitación a participar de la encuesta.

Los ganadores deberán responder a esa comunicación confirmando sus datos personales para poder recibir el premio que les corresponda en un plazo no superior a los 10 días hábiles siguientes. Transcurrido este plazo el premio quedará desierto.

De la entrega de premios: en todos los casos IPSOS enviará las gift card virtuales en forma electrónica a la casilla de mail del participante dentro de los 20 días hábiles posteriores a la confirmación de los datos personales.

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Art. 6°
La probabilidad de ganar el premio dependerá de la cantidad de participantes, por lo que no es posible su exacta determinación matemática.

 

 

Art. 7° INFORMACION PERSONAL DE LOS PARTICIPANTES: El Organizador informa que los datos personales recabados de los Encuestados (DNI, y número de teléfono o dirección de correo electrónico) serán utilizados únicamente para los fines de la participación en el sorteo. IPSOS se obliga a dar cumplimiento con lo dispuesto en la ley 25.326 de Protección de Datos Personales respecto a la información recabada de los participantes del sorteo

Art 8° RESPONSABILIDAD: El Organizador no será responsable por ningún daño o perjuicio de cualquier tipo que pudieran sufrir los ganadores de los Premios o terceros con motivo de la participación en la presente acción promocional, así como todo tributo que deba actualmente abonarse o se imponga en el futuro sobre los bienes y servicios ofrecidos como Premios en la presente promoción, así como de todo otro gasto (bancario, tasas o impuestos aplicables) o daño originado en ocasión de la recepción o utilización del dinero del premio.

Art 9° MODIFICACIONES: El organizador se reserva el derecho de modificar alguno de los puntos de las presentes Bases. Cuando circunstancias imprevistas o de fuerza mayor lo justifiquen, los organizadores podrán suspender o modificar las condiciones de la presente promoción, hasta que esas circunstancias imprevistas desaparezcan. Dichas modificaciones podrían consistir en cambios en las fechas de los sorteos o de entrega de premios a los participantes. Estas modificaciones serán informadas a los participantes por los distintos canales de comunicación habilitados con los participantes.

Art: 10°: INTERPRETACIÓN: Cualquier cuestión relacionada con la interpretación de estas Bases y Condiciones, será dirimida por el Organizador, informando debidamente a la autoridad de aplicación en forma previa a la resolución. En ningún caso se buscará alterar el espíritu de la Acción. Asimismo, el organizador se reserva el derecho de variar alguno o algunos de los puntos.

Art. 11° ACEPTACIÓN DE BASES: La participación en esta acción implica total conocimiento y aceptación de estas Bases y Condiciones.